Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2003- R
Fecha: 14-Ago-2003
(fs. 828)
Que, habiendo sido sorteado el presente recurso el 16 de junio de 2003, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 96/03 de 29 de julio de 2003, (fs. 828) amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 20 de agosto del año en curso; por lo que la presente Sentencia es dictada dentro del plazo establecido por Ley.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Luis Subirana Hurtado, Juez Primero de Partido en lo Civil, Armando Cardozo Sa
- a)
- improcedente
- (fs. 828)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- III.2
- III.3
- después de que han transcurrió más de dos años de la supuesta ilegalidad
- III.4
- III.5
- juez natural
- cuando una de las partes duda de la imparcialidad del juzgador, a partir del momento de que tiene conocimiento de su participación
- III.6
- III.7
- III.8
- 1º