Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2003- R
Fecha: 14-Ago-2003
II.2
II.2 Que, el 24 de enero de 2001, en base a la citada Escritura Pública, el Banco BISA S.A., presenta en contra de SIDS S.A. una demanda coactiva civil para el cobro de lo adeudado (fs. 83-84); cuyo conocimiento le correspondió al Juez recurrido, quien el 17 de septiembre de 2001, pronunció sentencia declarando probada la demanda (fs. 97-98).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Luis Subirana Hurtado, Juez Primero de Partido en lo Civil, Armando Cardozo Sa
- a)
- improcedente
- (fs. 828)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- III.2
- III.3
- después de que han transcurrió más de dos años de la supuesta ilegalidad
- III.4
- III.5
- juez natural
- cuando una de las partes duda de la imparcialidad del juzgador, a partir del momento de que tiene conocimiento de su participación
- III.6
- III.7
- III.8
- 1º