SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2003- R

Fecha: 14-Ago-2003

III.8

III.8   Que,  en cuanto concierne a que la representada hubiera utilizado la jurisdicción ordinaria para demandar los mismos actos que ahora denuncia, y que por lo mismo, sería de aplicación el art. 96-3) LTC en atención al principio de subsidiaridad, este argumento tampoco es razonable, puesto que si bien la representada tiene dos juicios ordinarios, estos como se ha dicho, se dilucidarán sobre cuestiones de fondo de la problemática planteada, mismos que no tienen por objeto la reparación de los supuestos actos ilegales y omisiones indebidas invocadas en este recurso.

Que, por lo expuesto, corresponde otorgar la tutela solicitada en parte, dado que como se ha establecido los Vocales recurridos al resolver el recurso de apelación interpuesto al día siguiente después de haber sido sorteada la relatoría, impidió que la coactivada haga uso de su derecho a recusar y por ende a contar con un tribunal justo y equitativo.