Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2003- R
Fecha: 14-Ago-2003
II.6
II.6 Que, el recurrente a título personal interpuso otro amparo constitucional también contra las autoridades ahora recurridas, que fue declarado improcedente por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior mediante la Resolución 93/03 de 08 de mayo (fs. 788-790); que fue aprobada en revisión mediante Sentencia Constitucional 987/2003-R de 15 de julio.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Luis Subirana Hurtado, Juez Primero de Partido en lo Civil, Armando Cardozo Sa
- a)
- improcedente
- (fs. 828)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- III.2
- III.3
- después de que han transcurrió más de dos años de la supuesta ilegalidad
- III.4
- III.5
- juez natural
- cuando una de las partes duda de la imparcialidad del juzgador, a partir del momento de que tiene conocimiento de su participación
- III.6
- III.7
- III.8
- 1º