Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1359/2003 - R
Fecha: 18-Sep-2003
II.1.
II.1. Que, en el trabajo correspondiente al Proyecto de Electrificación Larecaja, la Empresa ENDE S.A. y CONOCEG LTDA, representada por el recurrente, en marzo de 1994 suscribieron un contrato de suministro, transporte de materiales y otros; frente a divergencias entre partes, se acordó someterse a la normativa del arbitraje contenida en la Ley 1770 de 10 de marzo de 1997 o Ley de Arbitraje y Conciliación (se extraje del punto IV.1. de la SC 53/2002, fs. 19 y 20), Constituido el Tribunal Arbitral, el 31 de enero de 2002 se emitió el Laudo Arbitral en el que se resuelve que ENDE pague a CONOCEG $us9.616.812,60.-, a su vez, CONOCEG pague a ENDE $us476.003,52.- (fs. 38-91).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- significa que las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional tienen carácter definitivo, absoluto e incontrovertible, de manera tal que sobre el tema resuelto no puede volver a plantearse nuevo litigio a través de recurso alguno
- III.2.3.
- CONOCEG, tienen la obligación de observar, acatar, cumplir y respetar lo dispuesto mediante la SC 53/2002
- carácter vinculante
- III.3.