SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2004-R
Fecha: 30-Ene-2004
III.3.
III.3. De otra parte la SC 513/03-R de 16 de abril señaló: “Que, la incautación implica el apoderamiento de los instrumentos y efectos del delito, ordenado judicialmente, a fin de asegurar los resultados de un juicio o bien para darles el destino lícito correspondiente (Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Editorial Heliasta, pág. 503). El bien incautado puede ser decomisado (vocablo equivalente a comiso), lo que implica una pena de pérdida de la cosa en perjuicio del delincuente, si fuera de comercio lícito no procede su destrucción, en ese caso puede ser aprovechado y beneficiado el Estado; a su vez, el bien incautado será confiscado cuando el Estado se adjudica la propiedad privada, más que por causa del delito, por razones de políticas internas o internacionales”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 115/2003-R,
- ;
- III.2.
- III.3.
- hasta el pronunciamiento de sentencia
- III.4.
- si bien se dispuso la incautación del vehículo, su situación debió ser definida necesariamente a tiempo de emitirse la respectiva sentencia, cosa que no sucedió en el caso de autos, en cuyo mérito debió definirse en ejecución de sentencia ya sea la devolución del camión o en su caso su confiscación, extremo que tampoco sucedió
- 2. Dispone