SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1648/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1648/2004-R

Fecha: 08-Oct-2004

III.2.1.

III.2.1. Con relación a la supuesta presentación de documentación con posterioridad a la propuesta, se tiene que ante el recurso de impugnación presentada por la Sociedad Accidental Anglarill-Amboro & Asociados contra la Resolución de adjudicación 003/2004, la autoridad recurrida remitió antecedentes al Director Jurídico Departamental, para su opinión, quien por informe DI.D.U.DN 223/04 de 30 de abril de 2004 y en base a los certificados respaldatorios presentados por la citada Empresa en su propuesta, concluyó que las atribuciones de Subjefe ejercidas por el Carlos Einar Bruun en el proyecto de pavimentación de la carretera Santa Cruz-Trinidad a cargo del SNC bajo la modalidad de administración directa en la gestión 1993, por lo que esas funciones eran operativas, de modo que la comisión calificadora al inhabilitar al proponente fundando su informe en un criterio muy técnico no analizó el conjunto de la prueba presentada al currículum vitae y el acta de reunión aclaratoria del pliego de condiciones, recomendando en definitiva se declare probada la impugnación; lo que implica que los documentos presentados en la impugnación no fueron relevantes ni aportaron mayores elementos de juicio que los ya existentes en el proceso de licitación, vale decir que los documentos entregados por la Empresa Anglarill-Amboró & Asociados a tiempo de la presentación de su propuesta y la aclaración del Pliego de Condiciones fueron los únicos documentos que el Director Jurídico Departamental los consideró para emitir el informe legal 223/2004 de 30 de abril, que dio lugar a que la autoridad demandada dicte la Resolución impugnada que declaró procedente la impugnación.