SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1752/2004-R
Fecha: 04-Nov-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se vulneraron sus derechos a la libertad física y al debido proceso, al señalar que a raíz de un operativo realizado por la FELCN fue aprehendido junto a otras personas, cuya situación ya fue definida en audiencia de medidas cautelares. Sin embargo, él por disposición de la Fiscal Adjunta a Sustancias Controladas, fue remitido al Centro de Terapia Varones, con conocimiento del Fiscal del Menor, donde permanece detenido indebidamente desde hace seis días, sin que se resuelva su situación procesal y su libertad, siendo que recién será puesto a disposición del Juez de la Niñez y Adolescencia el 4 de octubre, fecha hasta la que continuará privado de su libertad. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- internado
- doce hasta los dieciséis años
- la libertad del adolescente
- el Fiscal debe tramitar ante el Juez de la Niñez y Adolescencia la aprehensión del adolescente,
- informar al Juez dentro de las ocho horas
- dentro de las veinticuatro horas de producida la aprehensión
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 20
- III.4.