Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1773/2004-R
Fecha: 11-Nov-2004
II.8.
II.8. El 11 de diciembre de 2003, la recurrente presentó apelación contra la Sentencia 08/2003, y solicitó anulación de obrados hasta el vicio más antiguo o en su caso se revoque la Sentencia de primera instancia y se la absuelva de la pena (fs. 52 a 54 y vta.). El Tribunal de Alzada por Auto 002/2004 de 16 de febrero confirmó en su totalidad la Sentencia 08/2003 (fs. 55 a 57).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- Esta garantía, de acuerdo al entendimiento contenido en las SSCC 731/2000-R, 1234/2000-R, 1341/2001-R, 'es aplicable no sólo al ámbito judicial, sino también al administrativo cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad'
- REVOCA