Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1773/2004-R
Fecha: 11-Nov-2004
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional REVOCA la Resolución 204/2004 de 16 de agosto, cursante de fs. 115 a 117 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca y declara PROCEDENTE el recurso interpuesto, disponiendo se anule obrados hasta la Resolución de 22 de septiembre de 2003 inclusive, debiendo sustanciarse el proceso disciplinario contra la recurrente cumpliendo con las normas previstas por el Reglamento de Procesos Universitarios de la Universidad de San Francisco Xavier.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- Esta garantía, de acuerdo al entendimiento contenido en las SSCC 731/2000-R, 1234/2000-R, 1341/2001-R, 'es aplicable no sólo al ámbito judicial, sino también al administrativo cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad'
- REVOCA