Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1839/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Mediante su abogado la recurrente ratificó los términos de su recurso y ampliándolos manifestó que solicita también la nulidad de la sentencia dictada por el corecurrido Juez Cuarto de Sentencia, ya que al imponer costas procesales sin que éstas hayan sido debidamente calificadas, caen en la previsión contenida en las normas del art. 169.4 del CPP, pues la sentencia absolutoria se basa en los preceptos del art. 363.2 del CPP, lo que importa que existiendo indicios la prueba no es suficiente, por lo que no corresponde imponer costas.