Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1839/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
II.7.
II.7. El 11 de junio de 2004, el Juzgador recurrido dictó Auto, mediante el cual aprobó en parte la planilla de costas presentada por el absuelto, determinando que la querellante debería cancelar la cantidad de Bs9.100.-, que incluye costas tanto en primera, segunda y casación, sin recurso ulterior (fs. 46).