Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1839/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
II.2.
II.2. El 22 de noviembre de 2003, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 376 declaró admisible e improcedente el recurso de apelación interpuesto por la recurrente contra la Sentencia referida anteriormente sin condenar en costas a ninguna de las partes, siendo notificado el absuelto el 29 de diciembre de 2003 (fs. 22 a 24), y el 2 de enero de 2004 solicitó regulación de honorarios profesionales, a lo que la Sala providenció que se proceda a realizar la correspondiente regulación de honorarios profesionales (fs. 25).