SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1839/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1839/2004-R

Fecha: 30-Nov-2004

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente solicita tutela a los derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la CPE, que considera fueron vulnerados, pues en la calificación de costas solicitada por el absuelto en el proceso penal que inició a nombre de su representada, el Juez corecurrido aplicó indebidamente las normas previstas por los arts. 264 y 272 del CPP, ya que calificó las costas en la Sentencia de primera instancia y devuelto el expediente después de tramitados los recursos de apelación y casación, calificó nuevamente costas por las otras dos instancias sin que sus resoluciones hayan determinado tal extremo; y los vocales corecurridos omitieron su obligación de revisar de oficio los procesos sometidos a su conocimiento, de acuerdo al mandato de las normas previstas en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ). En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa representada por la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.