SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1909/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Habiendo sido sorteado el expediente 2004-10300-21-RHC el 15 de noviembre de 2004 y el 2004-10436-21-RHC el 29 de noviembre de 2004, este Tribunal en aplicación de lo dispuesto por el art. 40.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), mediante AC 656/2004, de 6 de diciembre, dispuso la acumulación del recurso habeas corpus seguido Javier Serrano Llanos, Director del SENADEP en representación sin mandato de Cirila Barrientos Puma de Urquizu y Vidal Urquizu Torres contra Iván Saavedra Guzmán, Juez Segundo de Partido en lo Penal de Chuquisaca, signado con el numero 2004-10436-21-RHC, al interpuesto por Luisa Urquizu Torres contra la misma autoridad judicial, expediente signado con el número 2004-10300-21-RHC, al verificarse la existencia de conexitud, entre los mismos, lo que justifica la unidad de tramitación y decisión, por lo que la presente entencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de hábeas corpus
- A) Primer recurso de hábeas corpus correspondiente al expediente
- a)
- B) Segundo recurso de hábeas corpus correspondiente al Expediente 2004-10436-21-RHC
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- B)
- procedente
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- i)
- III.1.
- 111/2002-R
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión
- III.2.
- III.3.
- absoluto estado de indefensión,
- III.4.
- 1. REVOCAR
- 2. APROBAR,