SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1931/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1931/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La recurrente por medio de su abogado ratificó los fundamentos de su recurso y los amplió señalando lo siguiente: a) ha cumplido superabundantemente la condena, puesto que ha estudiado contabilidad y trabajado en la Junta del Penal de San Pedro, de modo que el saldo de la reclusión que le faltaría de 1 año y 6 meses, la ha cumplido; b) se han vulnerado los arts. 1, 2, 9 y 14 de LEPS, que deben ser interpretados a partir de la Constitución Política del Estado y los Convenios Internacionales; c) se permitió que la parte civil incluso presente como prueba la SC “1723/2003”, que ha sido sesgadamente interpretada en sentido de que ningún condenado puede pedir redención sin estar detenido, pero el caso resuelto en dicho fallo es distinto; d) no es cierto que no hubiera cumplido con las dos quintas partes de la pena.