Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1931/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 93 de la LTC en revisión resuelve REVOCAR la Resolución de 12/2004 de 9 noviembre, cursante de fs. 135 a 139 de obrados, pronunciada por el Juez Primero de Sentencia y declarar IMPROCEDENTE el recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- (fs. 43)
- II.5.
- (fs. 80 vta.)
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Artículo 432º.- (Incidentes).
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR