SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1931/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1931/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

La Jueza recurrida presentó su informe alegando lo siguiente: a) se rechazó el pedido porque el recurrente no se encuentra interno y “tampoco cursa los horarios de trabajos y estudios realizados por la Junta, no hace mención a la carga horaria”; b) la Secretaria del Juzgado informó que no se cumplieron las dos quintas partes de la condena; c) se convocó a la víctima en la vía informativa, conforme al Código de procedimiento penal (CPP), que le reconoce su derecho a intervenir en los procesos.