Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1951/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.1.
II.1. Jurguen Berodt por Corimex Ltda. siguió contra la recurrente y otros un proceso penal por la supuesta comisión del delito previsto en la sanción del art. 193 del CP. En la instrucción la primera señaló como domicilio procesal la oficina de su abogada ubicada en calle Sucre 464, Of. 201 (fs. 15 y vta.), donde se practicaron todas las notificaciones posteriores incluida la notificación con el Auto de procesamiento (fs. 26).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.
- Fragmento 6
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no es menos cierto que el actor pese a tener conocimiento del proceso desde la fase del sumario -conforme se tiene precisado precedentemente- no los buscó para coadyuvar en su defensa” (..)
- III.4.
- POR TANTO