SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1951/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1951/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

improcedente

Concluida la audiencia la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, pronunció la Resolución de 2 de septiembre de 2004, que corre de fs. 66 a 68, que declaró improcedente el recurso, con estos fundamentos: a) la recurrida tramitó el proceso conforme a ley sin vulnerar el derecho a la defensa ni el debido proceso, puesto que la recurrente fue válidamente notificada con las actuaciones del plenario de la causa en el domicilio procesal señalado en la instrucción y ante su inconcurrencia a estos actuados se aplicó la previsión de los arts. 250 y 253 del CPP, disponiéndose su notificación mediante edictos; b) la Sentencia dictada en el proceso penal que tiene la calidad de cosa juzgada no puede ser anulada por el Tribunal de amparo que no es un tribunal de instancia.