SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1981/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1981/2004- R

Fecha: 17-Dic-2004

a)

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad, a la defensa y la garantía del debido proceso, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas en virtud a los siguientes hechos: a) la demanda de reparación del daño y las solicitudes de embargo y remate fueron planteadas por personas que no tienen el poder notarial respectivo para representar al querellante en la referida acción judicial; b) el vehículo de su propiedad ha sido injustamente embargado por la Jueza recurrida que no consideró la documentación que presentó como prueba y que acredita su derecho propietario y que ella no formó parte del proceso penal ni de la demanda de reparación de daño instaurado contra Hernán Flores Pantoja; c) por su parte los vocales recurridos tampoco consideraron la prueba que acredita su derecho propietario sobre la movilidad embargada, y que no es la esposa de Hernán Flores Pantoja, declarando improcedente el recurso por el hecho de que la referida prueba no fue de conocimiento de la a quo. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales y/o omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales y/o garantías constitucionales referidos, a fin de otorgar la tutela solicitada.