Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1981/2004- R
Fecha: 17-Dic-2004
II.12.
II.12. A través del Auto pronunciado el 17 de enero de 2004, la Jueza recurrida, rechazó el desembargo solicitado por la recurrente en el 50% que le corresponde al referido Hernán Flores Pantoja, puesto que determinó que la movilidad constituye un bien ganancial, disponiendo en consecuencia la prosecución de los trámites de Ley (fs. 382).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Terceros interesados
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA