Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1981/2004- R
Fecha: 17-Dic-2004
II.13.
II.13. Juana Brígida Espinoza Paniagua, apeló la Resolución de 17 de enero de 2004, presentando prueba documental, consistente en el documento privado de transferencia del vehículo y certificado de matrimonio, alegando ser la propietaria de la vagoneta embargada y que su esposo es Jonás Pozo Quiróz y no Hérnan Flores Pantoja, como ha considerado la Jueza recurrida (fs. 387 y vta.). Luego del traslado y la respuesta al memorial de apelación, la recurrida, mediante Auto de 28 de febrero de 2004, concedió el recurso en el efecto devolutivo para ante la Corte Superior de Distrito.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Terceros interesados
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA