SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2004- R

Fecha: 20-Feb-2004

III.4.

III.4.  También resulta de carácter imperioso reiterar al Juez del recurso, que cualesquier resolución judicial dictada por la jurisdicción ordinaria, está sometida al control de esta jurisdicción en materia de hábeas corpus como de amparo, no siendo aplicable a estos recursos las normas previstas por el art. 66 LTC, pues éstas están referidas única y exclusivamente a la prohibición de someter a las resoluciones judiciales a un control constitucional vía recursos de inconstitucionalidad.