Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2004- R
Fecha: 20-Feb-2004
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 01/2004 de 15 de enero, cursante de fs. 578 a 582 pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Luis Fernando Roberto Landivar Roca contra Anibal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal alegando la vulneración de sus derechos a la libertad física, a la defensa y al debido proceso, consagrados en los arts. 6.II y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- pues fue recusado el 6 de enero de 2004, por las causales estipuladas en las normas previstas por el art. 316.2, 6 y 9 CPP
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- III.1.
- “(...) que los efectos procesales de la recusación
- ya que ante la noticia de su presentación, sólo cabía que el juzgador, asuma su conocimiento para admitirla o rechazarla, de acuerdo a ley,
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- REVOCA