Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 22 de julio de 2003 (fs. 103), el Sindicato de Transportistas “Norte”, con la finalidad de dar cumplimiento a la Ordenanza Municipal 25/2003, pidió al Concejo la ratificación de la autorización de parada que hace “más de 15 años” tienen en la avenida Ryu Kyu.
A fojas 33 cursa la Autorización para construir la Terminal, firmada por el jefe del Departamento Técnico y entregada al Sindicato “Norte” en 2 de abril de 2003. En 8 de agosto de 2003 (fs. 93), dicho Sindicato presentó a la Comisión Técnica del Concejo Municipal la solicitud de aprobación del proyecto de construcción de su Terminal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- concurrencia
- III.2.
- En cuanto al primer punto,
- Fragmento 18
- el Departamento Técnico
- de ningún modo está disponiendo la desocupación inmediata de la parada que ocupan los afiliados al Sindicato “Norte”, como lo interpretó erróneamente el Alcalde
- III.3. En relación al segundo aspecto
- luego de un proceso técnico-administrativo-jurídico
- APRUEBA