SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2004-R

Fecha: 27-Feb-2004

III.3.  En relación al segundo aspecto

III.3.  En relación al segundo aspecto reclamado en el amparo (emisión del “adendum”), el art. 20 LM manifiesta que las Ordenanzas  Municipales son normas generales emanadas del Concejo Municipal. Las Resoluciones, son normas de gestión administrativa, ambas son de cumplimiento obligatorio a partir de su publicación y serán aprobadas por mayoría absoluta de los concejales presentes.

            En ninguna parte de la Ley de Municipalidades existe la posibilidad de que el  Concejo pueda emitir “adendum” a las Ordenanzas ni Resoluciones Municipales,  ya que, en caso de  ser necesaria la complementación de  tales instrumentos por la existencia de aspectos sobrevivientes o que, existiendo, no fueron considerados oportunamente, deberá emitirse una nueva Resolución u Ordenanza, en la que se fundamenten en forma debida los motivos que impulsan al Gobierno Municipal a pronunciar decisiones  adicionales a las ya asumidas.