Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0493/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.1.
II.1. Dentro del proceso ordinario de nulidad y anulabilidad de venta judicial seguido por la representada de la actora contra el Banco de Cochabamba S.A., el 11 de julio de 1994, se pronunció Sentencia que declaró probada la demanda (fs. 2-5), Resolución confirmada en parte por Auto de Vista de 13 de marzo de 1998 (fs. 69), y siendo declarado por Auto Supremo de 9 de junio de 1999, infundado el recurso de casación presentado por la entidad bancaria (fs.10-11).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- b)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el recurso a aplicarse.-
- Fragmento 13
- III.2. Casos en que procede el recurso de casación.-
- Fragmento 15
- “
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3 El principio de igualdad y su proyección en el debido proceso.-