Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0493/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la vulneración de los derechos de su representada a la seguridad jurídica, a la legalidad, a un tribunal competente, independiente e imparcial y a la tutela judicial efectiva, bajo el argumento de que los Ministros demandados emitieron el Auto Supremo 323 de 21 de octubre de 2003 usurpando funciones que no les corresponde, pues las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia no son susceptibles del recurso de casación y en su decisión aplicaron el derogado art. 126 de la LBEF. En consecuencia, corresponde establecer si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- b)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el recurso a aplicarse.-
- Fragmento 13
- III.2. Casos en que procede el recurso de casación.-
- Fragmento 15
- “
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3 El principio de igualdad y su proyección en el debido proceso.-