Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo
Instalada la audiencia pública el 4 de febrero de 2004, en presencia del recurrente asistido de su abogado, del tercer interesado representante de la Prefectura de Potosí, ausentes los recurridos y el representante del ministerio público, conforme se acredita el acta que cursa de fs.111 a 112, ocurrió lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El plazo, su naturaleza jurídica y cómputo.
- Este proceso podrá promoverse por cualquiera de las partes una vez ejecutoriada la sentencia, en el plazo de seis meses. Vencido este plazo, caducará el derecho a demandar la revisión del fallo dictado en el proceso ejecutivo
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- REVOCA