Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución SCII 028/2004 de 4 de febrero, cursante de fs. 113 a 117, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Rubén Ciro Rojas Baspineiro en representación de Mario Alfonso Luján Chumacero y César Meruvia Guzmán contra Héctor Sandoval Parada, Emilse Ardaya Gutiérrez y Jaime Ampuero García, ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 7.a), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El plazo, su naturaleza jurídica y cómputo.
- Este proceso podrá promoverse por cualquiera de las partes una vez ejecutoriada la sentencia, en el plazo de seis meses. Vencido este plazo, caducará el derecho a demandar la revisión del fallo dictado en el proceso ejecutivo
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- REVOCA