SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0610/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
I.2.3. Intervención de tercero con interés legítimo
El tercero interesado, representante legal de 1,2,3 Computación y Tecnología SRL. se adhirió a lo expresado por los recurridos, añadiendo que se ha cumplido la Ley a cabalidad y que los resultados de la comisión de los hechos delictivos que se están investigando; se produjeron en la ciudad de La Paz, las investigaciones pendientes y las pruebas por recabar, como por ejemplo, en el Ministerio de Hacienda, se encuentran en esa ciudad; además, lo imputados tienen domicilio en la ciudad de La Paz, como sucursales de la Empresa principal de la ciudad de Santa Cruz, aspectos que fueron valorados por el Juez que conoció las excepciones y por los vocales ahora recurridos. Por otra parte, en el recurso no se han detallado los agravios que hubieran sufrido los recurrentes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- I.2.3. Intervención de tercero con interés legítimo
- improcedente
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todas ellas válidas en la medida en que el caso concreto se adecue a uno de los supuestos determinados en esa norma
- Fragmento 20
- III.2.
- III.3.
- APROBAR