Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 051/2004
Fecha: 01-Jun-2004
II.2.
II.2. Mediante la Resolución Bi-Ministerial 0415 de 31 de julio de 2000, se modifica y amplía los alcances de la norma prevista por el art. 12 del citado Reglamento, con relación al uso de envases para la comercialización de harina de trigo. El art. 1° de esta Resolución Bi-Ministerial dispone expresamente lo siguiente: “Modifícase y ampliase los alcances del art. 12 del “Reglamento Técnico de la Fortificación de Harina de Trigo”, aprobado por Resolución Bi-Ministerial Nº 008/97, en los términos siguientes:
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- (fs. 89)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4.
- 083/2000 de 24 de noviembre
- III.5.
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.6.
- III.7.
- CONSTITUCIONALIDAD