Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 051/2004
Fecha: 01-Jun-2004
III.3.1.
III.3.1. La norma prevista por la Resolución Bi-Ministerial 415, modifica el texto del art. 12 del Reglamento Técnico de la Fortificación de Harina de Trigo, aprobado mediante la Resolución Bi-Ministerial N° 008/97; en consecuencia, a través de dicha disposición legal se introduce un nuevo texto para el art. 12 del mencionado Reglamento: “Los envases para la comercialización deben ser recipientes que impidan la contaminación con otros productos, sólidos o líquidos quedando aprobados los envases actuales de polipropileno, algodón, papel kraft y polietileno para fraccionamiento del producto”.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- (fs. 89)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4.
- 083/2000 de 24 de noviembre
- III.5.
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.6.
- III.7.
- CONSTITUCIONALIDAD