SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) no han existido violaciones a los derechos y garantías del recurrente señalados en el art. 18 de la CPE, ya que se encuentra pendiente de apelación la sentencia 128/99 que le absuelve de culpa y pena del delito que se le imputada, habiendo sido dicho recurso concedido el 14 de octubre de 1999; b) según el informe del Juez suplente los obrados fueron extraviados, pero por Auto de 26 de febrero de 2004, se ha dispuesto se remitan obrados al Tribunal superior, pues lo que ocurrió es que el expediente caratulado Liendo contra Vásquez, fue cambiado por Ministerio Público contra Vásquez, que apareció en la víspera; y c) el principio de inmediatez, no fue respetado en el presente recurso, no obstante que es un principio concerniente a los recursos constitucionales.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- b)
- a)
- improcedente
- (fs. 36-37)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- le mantiene atado al citado proceso lo que le impide viajar porque se encuentra arraigado
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- en el acto, la cesación de todas las medidas cautelares personales
- consta en obrados que se concedió el recurso de apelación el 14 de octubre de 1999, habiendo transcurrido hasta la interposición del recurso más de cuatro años
- III.5.
- III.6.
- REVOCA
- 2º