SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0928/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.5.
II.5. El 16 de octubre de 2002, dictó el Laudo Arbitral 017/2002, declarando improbada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Hugo Maximiliano Santander y Jorge Hugo Santander Moscoso contra YPFB (fs. 18-25). Por memorial de 22 de octubre los demandantes interpusieron recurso de anulación del Laudo Arbitral, arguyendo que el mismo carece de motivación y que se vulneró el derecho a la defensa por no haberse recibido prueba de reciente obtención y porque se pronunció fuera del plazo legalmente establecido (fs. 29-30). Recurso que fue concedido mediante Auto 04, de 4 de noviembre de 2002, por el Tribunal Arbitral disponiendo el envío del expediente ante el Juez de Partido de Turno en lo Civil (fs. 31).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a) e
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- A falta de acuerdo y con sujeción a los principios generales del arbitraje, el Tribunal podrá desarrollar el procedimiento del modo que considere más apropiado.
- Fragmento 17
- III.3.
- desde la fecha de instalación del Tribunal arbitral,
- APROBAR