SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2004
Fecha: 16-Jul-2004
control y supervisión técnica de la actividad aeronáutica
En efecto, según la norma prevista por el art. 5 del DS 24718 “Normas para la Regulación de Servicios Aeronáuticos y Servicios Aeroportuarios”, “La Dirección General de Aeronáutica Civil ejerce el control y supervisión técnica de la actividad aeronáutica realizada en, desde y hacia el territorio nacional de conformidad a lo establecido por la Ley de 25 de octubre de 1947 y los decretos supremos 06877 de 18 de agosto de 1964, 11185 de 16 de noviembre de 1973, 10422 de 22 de agosto de 1972 y 24315 de 14 de junio de 1996 y demás disposiciones reglamentarias”. De otro lado, el art. 6 del referido Decreto Supremo, dispone lo siguiente: “La Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará Permisos de Operación, licencias y certificados que sean de su exclusiva competencia de acuerdo al Código Aeronáutico Boliviano y a los procedimientos previstos en las Regulaciones Aeronáuticas Bolivianas” (las negrillas son nuestras); ahora bien, según la norma prevista por el art. 3 del, tantas veces citado Decreto Supremo, el Permiso de Operación es el “acto administrativo por el cual la Dirección General de Aeronáutica Civil a nombre del Estado, otorga a un Operador la autorización de explotación de cualquier actividad aeronáutica de su competencia, a realizarse en, desde y hacia el territorio nacional, excluyendo las Autorizaciones otorgadas por la superintendencia de Transportes”.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Admisión y citaciones
- admitió
- ,
- (fs. 661 y 662),
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- regular, controlar y supervisar
- regular
- 1º
- 2º
- 3º Regulaciones Administrativas,
- “b)
- SC 73/2001 de 24 de septiembre
- DS
- Fragmento 20
- ñ)
- III.3. Otras autoridades que regulan la actividad aeronáutica
- DS 26973
- III.3.2. La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)
- control y supervisión técnica de la actividad aeronáutica
- III.4.1.
- III.4.2.
- DS 11185
- III.4.3.
- III.4.4.