Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2004
Fecha: 16-Jul-2004
DS 26973
De lo dicho se tiene que las actividades del Viceministerio de Transportes se desarrollan en coordinación con la Superintendencia de Transportes, pero en ningún caso en defecto de ésta; por lo mismo sus funciones y atribuciones no se superponen entre sí; pues cada uno tiene su propio ámbito de acción.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Admisión y citaciones
- admitió
- ,
- (fs. 661 y 662),
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- regular, controlar y supervisar
- regular
- 1º
- 2º
- 3º Regulaciones Administrativas,
- “b)
- SC 73/2001 de 24 de septiembre
- DS
- Fragmento 20
- ñ)
- III.3. Otras autoridades que regulan la actividad aeronáutica
- DS 26973
- III.3.2. La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)
- control y supervisión técnica de la actividad aeronáutica
- III.4.1.
- III.4.2.
- DS 11185
- III.4.3.
- III.4.4.