Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2004
Fecha: 16-Jul-2004
III.1.
III.1. Antes de someter al juicio de constitucionalidad la Resolución Administrativa emitida por el Directorio de la Aduana Nacional RD 01-008-02 de 8 de marzo, impugnada mediante el presente recurso, corresponde determinar su naturaleza jurídica y, sobre esa base, definir si forma parte de las normas objeto del control normativo de constitucionalidad por la vía del Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad prevista por la Constitución y la Ley del Tribunal Constitucional.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1.Relación sintética del recurso
- (fs. 4 a 6)
- Auto Constitucional (AC) 625/2003-CA de 18 de diciembre
- AC 030/2004-CA de 19 de enero
- I.2.1.
- (fs. 829)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- AC 062/2001-CA
- III.2.
- “II. Alcance
- III.3.
- III.4.
- a)
- III.5.
- las empresas aéreas nacionales o internacionales
- III.6.
- espacio físico delimitado en los aeropuertos internacionales
- 1º