Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2004
Fecha: 16-Jul-2004
III.2.
III.2. A objeto de realizar el examen juicio de constitucionalidad y determinar si el punto II de la aludida Resolución emitida por el Directorio de la Aduana Nacional, vulnera las normas previstas por los arts. 29, 30, 32 y 228 CPE, 133.k) de la LGA y 226 de su Decreto Reglamentario DS 25870 de 11 de agosto de 2000, se transcribe a continuación su contenido:
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1.Relación sintética del recurso
- (fs. 4 a 6)
- Auto Constitucional (AC) 625/2003-CA de 18 de diciembre
- AC 030/2004-CA de 19 de enero
- I.2.1.
- (fs. 829)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- AC 062/2001-CA
- III.2.
- “II. Alcance
- III.3.
- III.4.
- a)
- III.5.
- las empresas aéreas nacionales o internacionales
- III.6.
- espacio físico delimitado en los aeropuertos internacionales
- 1º