Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce, por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), resuelve APROBAR, con los fundamentos expuestos, la Resolución revisada de 26 de abril de 2004, cursante de fs. 55 a 56 vta., pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con la siguiente MODIFICACIÓN:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- La Jueza Segunda de Sentencia,
- Carlos Jaime Villarroel Ferrer, Presidente de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior,
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1.
- únicamente cuando a través de la sustanciación de un procedimiento extrapenal se pueda determinar la existencia de los elementos constitutivos del tipo penal
- III.2.
- III.3.
- 262/2003-R, de 28 de febrero
- siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas.
- APROBAR,