SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

Carlos Jaime Villarroel Ferrer, Presidente de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior,

Carlos Jaime Villarroel Ferrer, Presidente de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior, en el informe escrito cursante de fs. 41 a 45, refirió que Leonardo Villanueva Chura, fue contratado por la recurrente el 1 de marzo de 2002, por el lapso de un año, y fue despedido intempestivamente el 15 de diciembre del mismo año, por lo que presentó denuncia al Ministerio de Trabajo por incumplimiento de contrato y posteriormente, inició una demanda laboral en contra de la recurrente cuya notificación data del 25 de diciembre de 2002. El 29 de septiembre de 2003, la recurrente presentó querella por los delitos de abuso de confianza y apropiación indebida en contra de Leonardo y Julio Villanueva, que opusieron las excepciones de prejudicialidad y litispendencia, resueltas por la Jueza Segunda de Sentencia mediante Resolución 571/2003 de 18 de noviembre, indicando que la prejudicialidad es viable toda vez que el excepcionista viene tramitando una demanda laboral contra la querellante -ahora recurrente-, por el pago de beneficios sociales. En cuanto a la excepción de litispendencia fue declarada improbada por cuanto no existe otro proceso penal que se tramite en contra de los imputados. Esta Resolución, fue apelada por la recurrente, y resuelta por los vocales recurridos mediante Auto de Vista 33/2004, que declararon procedente la misma y dispusieron la revocación de la Resolución apelada, así como la suspensión del trámite penal hasta que concluya el proceso laboral con Sentencia que adquiera la calidad de cosa juzgada. Respecto de esta Resolución, la recurrente pudo solicitar la enmienda y complementación de acuerdo a lo dispuesto por el art. 125 del CPP y no acudir directamente a la vía del amparo constitucional, por lo que no se han agotado los procedimientos ordinarios y el recurso debe ser declarado improcedente.