Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2004-R
Fecha: 16-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, solicita tutela a su derecho al trabajo, y a la garantía del debido proceso, consagrados en las normas de los arts. 7.d) y 16 de la CPE, vulnerados por los actos de los recurridos, quienes sin someterlo a previo proceso, como prescriben las normas de los arts. 201.II de la CPE y 35, 36 y 37 de la LM, le suspendieron del cargo de Alcalde del Municipio de Tomina, eligiendo uno interino en su lugar. En consecuencia en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de alguno de los derechos fundamentales del recurrente; a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.