Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2004-R
Fecha: 16-Jul-2004
“IV.
“IV. El Plan Operativo Anual debe contar con el pronunciamiento previo y expreso del Comité de Vigilancia para su tratamiento y aprobación por el Concejo Municipal en un Plazo máximo de quince (15) días, a partir de su recepción, en caso de no existir pronunciamiento en el plazo establecido, se entenderá su conformidad.