Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
II.5.
II.5. El 1 de diciembre de 2003, la Comisión de Ética dictó el Auto Inicial de Proceso Administrativo Interno contra de Rudy Bernal Apaza, Alcalde Municipal de Challapata, disponiendo su citación personal, asimismo dispusieron que Ausberto Cortez, ex asesor de la Alcaldía, Gladis Guillén, ex Oficial Mayor Administrativo, Sergio Paniagua, Secretario de la Alcaldía, y Eduarda Villca Gutiérrez presenten sus informes respectivos (fs. 102-103).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de amparo constitucional
- a)
- procedente
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13. El 26 de enero de 2004, el recurrente presentó su renuncia al cargo de Alcalde y Concejal Municipal de Challapata
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 20
- Fragmento 21