Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1297/2004-R
Fecha: 12-Ago-2004
II.1.
II.1. El 9 de mayo de 2004 a horas 11:55, Moira Zuleidy Choque Mendoza y María Rosario Torrico, formularon denuncia contra el recurrente y otros, por la presunta comisión del delito de estafa (fs. 4), al haber recibido dinero de más de ciento veinte personas con la promesa de facilitar un viaje a España, hecho que de acuerdo a las declaraciones de las supuestas víctimas (fs. 14, 17, y los recibos de entrega de dinero (fs. 18-19, 40-41), se hubiera producido en los meses de marzo y abril de 2004.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.1.
- III.1.2.
- III.1.3.
- III.2.1.
- III.2.2.
- en la declaración prestada ante el asignado al caso en contravención de los arts. 92, 94 del CPP, desconociendo la prohibición de fundar una decisión contra el imputado, si en la recepción de su declaración no se observan las normas establecidas en el CPP conforme prevé el art. 100 del citado cuerpo legal