Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1297/2004-R
Fecha: 12-Ago-2004
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 30 de junio de 2004, cursante de fs. 77 a 79 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de Cochabamba en el recurso de hábeas corpus interpuesto por José Raúl Mendoza Claros contra Jeanette Fernández Postigo, Fiscal de Materia y Celina Herbas Herbas, Jueza de Instrucción Tercera en lo Penal Mixta, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, a la dignidad, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia, a la defensa y al debido proceso, previstos por los arts. 6.II, 7 inc. a), 16.I, II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.1.
- III.1.2.
- III.1.3.
- III.2.1.
- III.2.2.
- en la declaración prestada ante el asignado al caso en contravención de los arts. 92, 94 del CPP, desconociendo la prohibición de fundar una decisión contra el imputado, si en la recepción de su declaración no se observan las normas establecidas en el CPP conforme prevé el art. 100 del citado cuerpo legal