Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Los recurrentes interponen amparo constitucional contra Omar Morales Delgadillo, Juez Segundo de Partido de la Capital, solicitando se declare procedente y disponga la inejecutabilidad de la sentencia de 21 de julio de 1998 dejando sin efecto todas las medidas precautorias y las determinaciones adoptadas dentro del proceso, incluido el remate de la acción telefónica de propiedad de su mandante o alternativamente se disponga la nulidad del proceso hasta el vicio más antiguo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III.1
- III.2
- la improcedencia del amparo contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- y una vez agotados los recursos ordinarios que la ley le franquea, recién acudir a la jurisdicción constitucional, extremo que no aconteció
- III.3