Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.7
II.7 Solicitada la aprobación del remate, el Juez recurrido dispone que con carácter previo se presente la liquidación actualizada con la que se corre en traslado mediante decreto de 15 de abril de 2004 (fs. 99 vta.) y se notifica al demandado en el domicilio de la Av. Santa Cruz 0945 (fs. 100 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III.1
- III.2
- la improcedencia del amparo contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- y una vez agotados los recursos ordinarios que la ley le franquea, recién acudir a la jurisdicción constitucional, extremo que no aconteció
- III.3