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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1421/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1421/2004-R

    Fecha: 06-Sep-2004

    III.2.2. Excepciones al principio de irretroactividad de la ley

    El principio de la irretroactividad de la ley, como regla tiene su excepción, es la retroactividad o el efecto retroactivo de una ley, lo que significa que la nueva ley se aplica a las situaciones o controversias jurídicas pendientes en el momento de su entrada en vigor o a los hechos realizados con anterioridad a su promulgación.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • a)
    • procedente
    • (fs. 272-273)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • (fs. 171 y 6 a 8)
    • II.6.
    • II.7.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.1. El principio de irretroactividad de la ley
    • III.2.2. Excepciones al principio de irretroactividad de la ley
    • cuando incide sobre relaciones jurídicas legalmente establecidas y consagradas.
    • III.3.
    • III.3.1.
    • III.3.2.
    • III.3.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • REVOCA

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